Ya está aquí el registro obligatorio de la jornada laboral
Desde el 12 de mayo las empresas deberán garantizar el registro diario de la jornada. También deberán hacerlo con el coste técnico y de las sanciones.
El registro debe incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada realizada por cada trabajador. Es por esto que la Inspección de Trabajo empezará a comprobar a las empresas, que se enfrentan a sanciones graves que pueden verse duplicadas si su incumplimiento es reiterado.
El modelo de registro de jornada de trabajo que se acaba de implantar en España es sensiblemente más rígido que el de otros países desarrollados, según trasladan despachos del ámbito laboral con oficinas en varios países.
La norma tipifica como infracción grave el incumplimiento en materia de registro de jornada, con multas que oscilan entre los 626 y los 6.250 euros, según la calificación de su grado infractor, mínimo, medio o máximo y que se imponen por centro de trabajo.