¿Qué condiciones tiene que cumplir la empresa para que el registro sea correcto?
Esencialmente son tres las condiciones que debe cumplir la empresa:
- Realizar el cómputo total, por mes, de las horas ordinarias y extraordinarias.
- Entregar una copia del resumen al trabajador junto a su nómina.
- Conservar los registros de jornada durante un periodo mínimo de 4 años.
Sanciones y consecuencias del incumplimiento, por parte del empresario, del correcto registró En caso de tener una inspección laboral las sanciones pueden ser las siguientes:
- De encontrar algún defecto o falta en el registro de un trabajador a tiempo parcial, automáticamente se tendrá en cuenta que computa igual que un trabajador a jornada completa, salvo que el empresario pueda probar el carácter parcial de los servicios prestados por el trabajador. (Artículo 12, apartado 5, letra h Estatuto del Trabajador). Esto significa convertir el contrato a tiempo parcial en un contrato a tiempo completo. Evidentemente, esto supondrá una multa adicional.
- Como infracción leve: por incumplimiento de obligaciones formales o documentales, se impondrá una multa de entre 60€ (el mínimo) hasta 625€ (el máximo). Esto se recoge en el Art. 6.6 de la Ley de Infracciones del Orden Social (LISOS). Como infracción grave: por infracción o incumplimiento en materia de jornada se imputará una multa de entre 626€ (lo mínimo) hasta 6.250€ (lo máximo). Esto queda recogido en el Art. 7 nº 5 de la LISOS).